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La maternidad subrogada o gestación subrogada o mal llamada vientres de alquiler en España es ilegal, pero sí se puede inscribir al bebé o bebés nacidos en el extranjero en los países que sí es legal esta práctica.

En el artículo 10 de la ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción asistida dice: que se declara nulo de pleno derecho el contrato de gestación subrogada por el que una mujer voluntariamente (la gestante) se ofrece a gestar al bebé o bebés de otra familia ya sea a cambio o no de una prestación económica.

La filiación del bebé o bebés nacidos por maternidad subrogada en España viene determinada por el parto al igual que cualquier otro tipo de embarazo, independientemente de quien sea la madre biológica.

No es que haya una prohibición expresa, simplemente la gestante es legalmente la madre del bebé o bebés de ahí que una vez se llega a España se tienen que iniciar los trámites de la adopción del menor por parte de la mujer.

En España no es posible que la gestante dé a luz, ya que sería considerada la madre legal del menor, es necesario que el parto se produzca en un país donde sí es legal acceder a la maternidad subrogada.

El Ministerio de Justicia, ha dictado instrucciones a la Dirección General de Registros y Notarios, para que sean registrados en España, los bebés nacidos en el extranjero por dicha técnica, siempre y cuando se presente del país de origen, una resolución judicial que garantice la legalidad del proceso.

En España, no se puede iniciar ningún tipo de contrato de maternidad subrogada. Es muy importante, hacerlo en aquellos países, que cuenten con todo tipo de garantías legales, para evitar problemas.

Al fin padres, cuenta con un equipo de profesionales altamente cualificados que velan por los intereses de las familias y de los menores.

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