En Ucrania, la gestación subrogada, incluso la comercial, es plenamente legal. El nuevo Código de Familia de Ucrania (art. 123, punto 2) dispone que, en caso de que el embrión generado por los cónyuges sea transferido a otra mujer, precisamente los cónyuges serán los padres del niño, incluso en los programas de gestación por sustitución. El punto 3 de dicho artículo consagra a los cónyuges la posibilidad de realizar la fecundación in vitro con ovocitos donados. En cualquier caso, se considerará que el embrión procede de los cónyuges. De tal modo, habiendo dado su consentimiento a la aplicación de las técnicas de reproducción asistida, los cónyuges ejercerán sin limitación alguna la patria potestad sobre los niños nacidos a consecuencia de la gestación subrogada. El aspecto médico de esta cuestión viene regulado por la Orden del Ministerio de Salud de Ucrania nº 771, de 23.12.2008.
Después del nacimiento la pareja obtiene el certificado ucraniano de nacimiento, en el cual los dos constan como padre y madre.
La gestación subrogada, o subrogación gestacional o maternidad subrogada, (también conocida como vientre de alquiler) es una técnica de reproducción asistida, en la que una mujer acepta gestar y dar a luz al hijo de otra pareja, o persona soltera. Normalmente la gestante no tiene un vinculo genético con el niño que dará a luz, ya que es fruto de una fecundación FIV o ICSI. Los padres pueden aportar el propio material genético (óvulo y esperma) o en su defecto se recurre a un donante de óvulos y/o esperma. En España cualquier contrato de gestación subrogada se considera nulo por ley. Sin embargo en países como por ejemplo Ucrania, existe una legislación que regula esta técnica de reproducción asistida.
La gestación subrogada se utiliza en numerosas ocasiones, como solución de último recurso, para parejas que han agotado todas las vías médicas disponibles, para superar sus problemas de infertilidad.
Pese a no ser un procedimiento nuevo, en los últimos años es cuando cobra relevancia por la universalización de su práctica, y porque, ha dejado de ser un procedimiento reproductivo que se ocultaba, a veces incluso a la propia familia. Los padres, están interesados en normalizar la técnica y generar simpatías hacia la práctica. El tema de la gestación subrogada es muy complejo debido a que implica y comprende una gran variedad de elementos e involucra a varias personas en el proceso. En primer lugar, se encuentra la pareja que desea tener un hijo, pero que por algún motivo no puede gestar al bebé y desea que alguien más lleve a término el embarazo. En este caso se habla de padre intencionales. En segundo lugar, se ubica a la mujer que está dispuesta a prestar su útero para llevar a cabo el embarazo, ya sea por motivos altruistas o a cambio de una compensación económica. A esta mujer se le llama gestante o madre sustituta. En tercer lugar, está el contrato de gestación subrogada mediante el cual los padres intencionales y la gestante estipulan la causa, el objeto y la forma de cumplir con el acuerdo. Por último, la posible aportación de donante de gametos. Esta opción es empleada cuando los padres intencionales se sirven de óvulos ajenos para realizar la fecundación.
Habitualmente no existe vínculo biológico entre el bebé y la gestante sustituta. En este caso, se habla comúnmente de gestación subrogada. La gestación subrogada requiere de la realización de una fecundación mediante FIC o ICSI que puede ser a partir de los gametos de los padres intencionales o bien de donantes.